JUE, 20 / SEP / 2012

El Ecce Homo de Cecilia no recibirá derechos de autor

El Ecce Homo de Cecilia Giménez fue objeto de un dictamen para saber si la modificación y la relevancia de la obra produciría efectos jurídicos para el Ayuntamiento de Borja en España.

Nadie lo tenía en los planes, pero gracias a la amplificación de Internet una anciana de nombre Cecilia Giménez en el Ayuntamiento de Borja en Zaragoza comunidad de Aragón, España un día sin aviso previo realizo una modificación a una obra del artista fallecido Sr. Elías García Martínez denominada Ecce Homo que reproduce la figura de Jesucristo.

Hasta aquí la historia es conocida, luego Cecilia se convirtió en un personaje con alta exposición en medios y noticias y su obra –la modificación del Ecce Homofue objeto de innumerables readaptaciones. No solo su obra fue utilizada sino que además ella fue objeto de modificaciones, alteraciones y nuevas readaptaciones en diferentes menciones, posters y avisos. La repercusión y uso fue tal que hasta hay tramite solicitudes de marcas en diferentes países.

La propiedad intelectual de Cecilia

El hecho se produce por el futuro reclamo por los derechos de autor –una situación hipotética- de los familiares de Cecilia Giménez. Este reclamo de derechos de autor se basaría en la modificación y en la repercusión que adquirió la obra.

La propiedad intelectual es una materia compleja, y las leyes de propiedad intelectual que regulan los derechos de autor plantean ciertos límites para reclamaciones. Un límite que se plantea es temporal y los derechos de autor le pertenecen a su autor durante toda su vida y cuando este muera – según cada legislación los plazos son variables – en España son ochenta años.

Los familiares del autor original del Ecce Homo también pueden reclamar por la modificación realizada por Cecilia al afectar los derechos morales del autor ya que su obra ha sido “tapada” o si queremos considerarlo tecnicamente, la misma ha sido alterada.

Otro de los límites establecidos es si la modificación en este caso es obra, las modificaciones tienen un derecho de autor. Las restauraciones persiguen un fin de mantener la obra en el tiempo con las condiciones de sus orígenes pero no alteran la obra por lo cual no tienen un derecho de autor.

El dictamen de expertos

La modificación de Cecilia fue tal que convirtió a la obra en otra obra y nada queda de la obra original de García Martínez en ella, pero esta situación atípica en torno a la propiedad intelectual debe tomarse con cuidado.

El Ayuntamiento de Borja ha encargado un dictamen a una empresa local que realiza restauraciones denominada Albarium y que presenta según las informaciones descripciones que valoran a la obra, lo que en principio parecería no ser importante para las reclamaciones ya que la consideración de obra es bastante subjetiva.

El caso seguramente se dirimirá si existiese la voluntad de alguna de las partes en litigar tanto por la modificación de la obra –para tratar de volverla a su estado anterior- como si existiesen intenciones de remover el Ecce Homo de Cecilia por parte del Ayuntamiento.

Las consideraciones jurídicas desde el derecho de la propiedad intelectual son varias y no hay una opinión unánime, sin duda una simple modificación y una noticia en internet pueden desencadenar diferentes visiones y un sinfín de situaciones jurídicas para analizar.

Restará analizar si la obra más famosa sepultara en el olvido a la obra original y que pasará con los ingresos y resultados del uso de la imagen modificada del Ecce Homo.

Guillermo Navarro @guillenavarro

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