LUN, 30 / AGO / 2010

RedUSERS usa el lazo de la verdad (legal) sobre el Fibertelgate

¿Qué ocurre con los derechos del consumidor en este caso? ¿Hay que reclamar contra la empresa o contra el Estado? ¿Vale la pena resguardarse bajo un recurso de amparo? ¿Qué pasará con mis datos privados que guardaba Fibertel? Todas estas dudas y muchas más son esclarecidas por una abogada de un estudio especializado en asesoramiento legal en tecnología. A lo largo de estas dos semanas que transcurrieron desde el fatídico anuncio del ministro de Planificación Julio De Vido con aquel lapidario “Fibertel ha dejado de existir” hemos tratado de despejar varias dudas con respecto a las cuestiones técnicas del Fibertelgate. Es cierto, aún quedan muchas más por resolver, sobre todo aquellas que los lectores nos plantean en los comentarios que se van sucediendo con el correr de los posteos. No se preocupen, estamos investigando intensamente para tratar de responder los interrogantes cuanto antes. Y si hace unos días nos centramos en las cuestiones técnicas del affaire entre el Gobierno y Cablevisión-Fibertel (ver nota), en esta oportunidad profundizaremos sobre los aspectos legales de la cuestión, tan o más pantanosos aún para el conocimiento popular. Para ello RedUSERS entrevistó a Macarena Pereyra Rozas, abogada de Carranza Torres & Asociados, un estudio especializado en asesoramiento legal en tecnología. Para comenzar quisieramos resumir en 6 puntos la postura general del estudio y de la abogada para luego tratar cada punto detalladamente. Según Carranza Torres, la resolución que anuncia la caducidad de la licencia de Fibertel para brindar su servicio de Internet en Argentina: 1- Vulnera el derecho del usuario a elegir el prestador de Internet. 2- Vulnera el Principio de Neutralidad Tecnológica consagrado en normas argentinas. 3- Vuelve a ubicar a la inseguridad jurídica como elemento negativo para el desembarco de las empresas de servicios. 4- Imponen la migración de una empresa a otra en 90 días que, tecnológicamente, se antoja imposible. 5- Los usuarios no podrán elegir una tecnología similar a la ya utilizada, dado que de las opciones existentes en el país solo una compañía compite en tecnología similar y cuando es sabido que cada prestadora es un mundo particular. 6- Coloca a subprestadores del servicio en situación de no poder brindar más el mismo, dado que en el interior del país la tecnología de Fibertel se transmite a través de cooperativas. En dichos lugares podría haber apagón de Internet u obligación a contratar con un único prestador que tendrá seguramente una tecnología diferente. Desde el punto de vista del usuario ¿qué vulnera la resolución que anuncia la caducidad de la licencia de Fibertel? La resolución afecta los derechos del usuario en muchos sentidos. En primer lugar afecta el libre derecho a elegir el medio a través del cual acceder a la información y a través del cual dejar sus huellas personales en la red: el usuario ya eligió a Cablevisión-Fibertel como su servicio, ése es su prestador y ahora se ve en la obligación de tener que cambiarlo contra su voluntad sin que se le aseguren las mismas condiciones técnicas, de seguridad y económicas. Muchos perderán las promociones que tenían por ser usuarios nuevos, antiguos, triple pack, etc ¿Qué podés decir con respecto a la migración en 90 días? La migración en tan poco tiempo lo coloca en una situación de desprotección absoluta. La caducidad de la licencia no es sólo por el servicio de conexión, sino también para una gran variedad de servicios con otro valor agregado como por ejemplo la cuenta de correo, videoconferencia, tratamiento de datos personales, almacenamiento de datos, etc. En este sentido, el usuario tendrá que depositar su confianza en un prestador que no eligió y que no conoce, cuando al momento de elegir por su cuenta había optado por otra cosa. ¿Puede haber conflictos con la seguridad de la información de los clientes? Probablemente y ese es uno de los grandes inconvenientes de la cuestión. Fibertel ofreció a sus usuarios determinadas condiciones de seguridad para almacenar sus datos, para que la cuenta no pueda ser vulnerada. Este punto es central, por ejemplo, para el sector corporativo al cual la empresa brindaba servicios de data center. Técnicamente no es nada fácil hacer la migración de un cliente corporativo de un prestador a otro porque aún no está claro en qué formato Fibertel entregará los datos y tampoco en qué formato la prestadora que los absorba lo solicitará y procesará. Respecto de los usuarios particulares corresponde hacer la misma mención en menor escala, pero no por eso menos importante dado que se trata de sus propios datos personales, correspondencia electrónica (que tiene la misma protección constitucional de inviolabilidad que las cartas escritas), huellas digitales. No se trata solamente de no poder elegir con qué ancho de banda se desea acceder a la comunicación. ¿Cómo se verá afectada la libre competencia con esta resolución? En muchas partes del interior del país la conexión a internet llegaba por tecnología de Fibertel (fibra óptica), muchas de las cooperativas se montaban sobre las redes de la empresa. ¿Qué va a pasar con los subprestadores?¿Qué sucederá con el usuario final en el interior?¿Van a tener opciones parecidas a la que eligieron previamente?¿Van a tener que contratar con la única empresa que quede en la zona? La eliminación de la competencia es siempre nociva para el consumidor final: atenerse a las reglas que le impongan arbitrariamente, a la calidad que le impongan el único prestador al que puedan acceder limita notablemente su libertad de elección. Los derechos de elección y de acceso a la información son tan importantes como la libertad de expresión. ¿El gobierno está en condiciones de cumplir la promesa de no cargar de costos al usuario en la migración? Entiendo que la migración debiera ser en las condiciones que dijo el Ministro De Vido, ahora, que no tenga costo económico para el usuario no implica que no tenga costo alguno. Si estoy cambiando de tecnología o le genero problemas por la migración no elegida, por ejemplo demoras en la activación del servicio, pérdidas de información, muchos días sin acceso a Internet, otro formato de acceso a su información, lo estoy perjudicando y generando costos también monetarios, pues muchas personas basan sus negocios en la red. ¿Los usuarios de Fibertel deberán inclinarse por efectuar recursos de amparo para protegerse? Esto queda a la decisión de cada uno y a cuán fuertemente esté el usuario apegado a sus derechos como consumidor o ciudadano. Hay gente a la que le da lo mismo y ya se está cambiando pero también hay gente que quiere mantener el servicio y sus condiciones. La decisión es individual y depende de cuán apegado esté el usuario a sus libertades. Con respecto al país ¿cómo afecta esta medida a las futuras inversiones en el área de servicios? Esta resolución junto con algunas otras anteriores, crearon un clima de inseguridad jurídica. La decisión del gobierno se tomó bastante tiempo después de comunicarse la fusión entre Cablevisión y Fibertel. En ese momento el gobierno no dijo nada, y la empresa se rigió por su propio análisis sobre la viabilidad de la fusión y por el principio del silencio que autoriza implícitamente al acto realizado. Para quienes interpreten que la caducidad no es acorde a las causales que la hicieron efectiva, este tiempo excesivo transcurrido desde la fusión hasta la revocación de la licencia, aumenta la sensación de inseguridad. Con la resolución pareciera que no hay reglas tan claras sobre a qué tenés derecho o a qué no tenés derecho si pensás que estás actuando en el marco de la Ley. La resolución pareciera discrecional y coloca a los inversores en la obligación de tener que retirarse, sin saber a qué atenerse. Quienes quieran proyectar, de golpe, luego de hacer grandes inversiones y de trabajar muchos años, tienen que dejar de lado el core de su negocio. En el caso de Fibertel hay que ver qué sucederá con su red, si la podrá vender o alquilar a terceros, o si las van a perder o si las empresas que absorbentes tendrán que comprar la red y a qué precio. A tu entender, el gobierno tendría que haber sacado tarjeta amarilla antes de liquidar la licencia Si bien las licencias son en principio intransferibles, probablemente hubiera sido más prudente, con la comunicación de la fusión, que el Estado les hubiera dado pautas, si consideraba que se salía del marco de la Ley con respecto al manejo de la licencia. Hubiera estado bien un aviso. Acá hay dos opiniones contrapuestas: por un lado Fibertel pensó que tenía derecho a seguir con su negocio luego de la fusión, por el otro lado el gobierno interpretó que no podía seguir de ese modo. Lo prudente hubiera sido, si el Estado consideraba que Fibertel actuaba por fuera del marco de la ley, notificar un ajuste de la normativa inmediatamente después de la fusión para mantener la licencia. Luego de tanto tiempo desde la fusión, de haber existido una advertencia previa, la caducidad automática parecería menos exagerada e imprevista y con respecto a los usuarios no los hubiera dejado en tal situación de desprotección. Por Leandro Piñeiro

¿Qué ocurre con los derechos del consumidor en este caso? ¿Hay que reclamar contra la empresa o contra el Estado? ¿Vale la pena resguardarse bajo un recurso de amparo? ¿Qué pasará con mis datos privados que guardaba Fibertel? Todas estas dudas y muchas más son esclarecidas por una abogada de un estudio especializado en asesoramiento legal en tecnología.

A lo largo de estas dos semanas que transcurrieron desde el fatídico anuncio del ministro de Planificación Julio De Vido con aquel lapidario “Fibertel ha dejado de existir” hemos tratado de despejar varias dudas con respecto a las cuestiones técnicas del Fibertelgate. Es cierto, aún quedan muchas más por resolver, sobre todo aquellas que los lectores nos plantean en los comentarios que se van sucediendo con el correr de los posteos. No se preocupen, estamos investigando intensamente para tratar de responder los interrogantes cuanto antes.

Y si hace unos días nos centramos en las cuestiones técnicas del affaire entre el Gobierno y Cablevisión-Fibertel (ver nota), en esta oportunidad profundizaremos sobre los aspectos legales de la cuestión, tan o más pantanosos aún para el conocimiento popular. Para ello RedUSERS entrevistó a Macarena Pereyra Rozas, abogada de Carranza Torres & Asociados, un estudio especializado en asesoramiento legal en tecnología.

Para comenzar quisieramos resumir en 6 puntos la postura general del estudio y de la abogada para luego tratar cada punto detalladamente. Según Carranza Torres, la resolución que anuncia la caducidad de la licencia de Fibertel para brindar su servicio de Internet en Argentina:

1- Vulnera el derecho del usuario a elegir el prestador de Internet.
2- Vulnera el Principio de Neutralidad Tecnológica consagrado en normas argentinas.
3- Vuelve a ubicar a la inseguridad jurídica como elemento negativo para el desembarco de las empresas de servicios.
4- Imponen la migración de una empresa a otra en 90 días que, tecnológicamente, se antoja imposible.
5- Los usuarios no podrán elegir una tecnología similar a la ya utilizada, dado que de las opciones existentes en el país solo una compañía compite en tecnología similar y cuando es sabido que cada prestadora es un mundo particular.
6- Coloca a subprestadores del servicio en situación de no poder brindar más el mismo, dado que en el interior del país la tecnología de Fibertel se transmite a través de cooperativas. En dichos lugares podría haber apagón de Internet u obligación a contratar con un único prestador que tendrá seguramente una tecnología diferente.

Desde el punto de vista del usuario ¿qué vulnera la resolución que anuncia la caducidad de la licencia de Fibertel?

La resolución afecta los derechos del usuario en muchos sentidos. En primer lugar afecta el libre derecho a elegir el medio a través del cual acceder a la información y a través del cual dejar sus huellas personales en la red: el usuario ya eligió a Cablevisión-Fibertel como su servicio, ése es su prestador y ahora se ve en la obligación de tener que cambiarlo contra su voluntad sin que se le aseguren las mismas condiciones técnicas, de seguridad y económicas. Muchos perderán las promociones que tenían por ser usuarios nuevos, antiguos, triple pack, etc

¿Qué podés decir con respecto a la migración en 90 días?

La migración en tan poco tiempo lo coloca en una situación de desprotección absoluta. La caducidad de la licencia no es sólo por el servicio de conexión, sino también para una gran variedad de servicios con otro valor agregado como por ejemplo la cuenta de correo, videoconferencia, tratamiento de datos personales, almacenamiento de datos, etc. En este sentido, el usuario tendrá que depositar su confianza en un prestador que no eligió y que no conoce, cuando al momento de elegir por su cuenta había optado por otra cosa.

¿Puede haber conflictos con la seguridad de la información de los clientes?

Probablemente y ese es uno de los grandes inconvenientes de la cuestión. Fibertel ofreció a sus usuarios determinadas condiciones de seguridad para almacenar sus datos, para que la cuenta no pueda ser vulnerada. Este punto es central, por ejemplo, para el sector corporativo al cual la empresa brindaba servicios de data center. Técnicamente no es nada fácil hacer la migración de un cliente corporativo de un prestador a otro porque aún no está claro en qué formato Fibertel entregará los datos y tampoco en qué formato la prestadora que los absorba lo solicitará y procesará. Respecto de los usuarios particulares corresponde hacer la misma mención en menor escala, pero no por eso menos importante dado que se trata de sus propios datos personales, correspondencia electrónica (que tiene la misma protección constitucional de inviolabilidad que las cartas escritas), huellas digitales. No se trata solamente de no poder elegir con qué ancho de banda se desea acceder a la comunicación.

¿Cómo se verá afectada la libre competencia con esta resolución?

En muchas partes del interior del país la conexión a internet llegaba por tecnología de Fibertel (fibra óptica), muchas de las cooperativas se montaban sobre las redes de la empresa. ¿Qué va a pasar con los subprestadores?¿Qué sucederá con el usuario final en el interior?¿Van a tener opciones parecidas a la que eligieron previamente?¿Van a tener que contratar con la única empresa que quede en la zona? La eliminación de la competencia es siempre nociva para el consumidor final: atenerse a las reglas que le impongan arbitrariamente, a la calidad que le impongan el único prestador al que puedan acceder limita notablemente su libertad de elección. Los derechos de elección y de acceso a la información son tan importantes como la libertad de expresión.

¿El gobierno está en condiciones de cumplir la promesa de no cargar de costos al usuario en la migración?

Entiendo que la migración debiera ser en las condiciones que dijo el Ministro De Vido, ahora, que no tenga costo económico para el usuario no implica que no tenga costo alguno. Si estoy cambiando de tecnología o le genero problemas por la migración no elegida, por ejemplo demoras en la activación del servicio, pérdidas de información, muchos días sin acceso a Internet, otro formato de acceso a su información, lo estoy perjudicando y generando costos también monetarios, pues muchas personas basan sus negocios en la red.

¿Los usuarios de Fibertel deberán inclinarse por efectuar recursos de amparo para protegerse?

Esto queda a la decisión de cada uno y a cuán fuertemente esté el usuario apegado a sus derechos como consumidor o ciudadano. Hay gente a la que le da lo mismo y ya se está cambiando pero también hay gente que quiere mantener el servicio y sus condiciones. La decisión es individual y depende de cuán apegado esté el usuario a sus libertades.

Con respecto al país ¿cómo afecta esta medida a las futuras inversiones en el área de servicios?

Esta resolución junto con algunas otras anteriores, crearon un clima de inseguridad jurídica. La decisión del gobierno se tomó bastante tiempo después de comunicarse la fusión entre Cablevisión y Fibertel. En ese momento el gobierno no dijo nada, y la empresa se rigió por su propio análisis sobre la viabilidad de la fusión y por el principio del silencio que autoriza implícitamente al acto realizado. Para quienes interpreten que la caducidad no es acorde a las causales que la hicieron efectiva, este tiempo excesivo transcurrido desde la fusión hasta la revocación de la licencia, aumenta la sensación de inseguridad. Con la resolución pareciera que no hay reglas tan claras sobre a qué tenés derecho o a qué no tenés derecho si pensás que estás actuando en el marco de la Ley. La resolución pareciera discrecional y coloca a los inversores en la obligación de tener que retirarse, sin saber a qué atenerse. Quienes quieran proyectar, de golpe, luego de hacer grandes inversiones y de trabajar muchos años, tienen que dejar de lado el core de su negocio. En el caso de Fibertel hay que ver qué sucederá con su red, si la podrá vender o alquilar a terceros, o si las van a perder o si las empresas que absorbentes tendrán que comprar la red y a qué precio.

A tu entender, el gobierno tendría que haber sacado tarjeta amarilla antes de liquidar la licencia

Si bien las licencias son en principio intransferibles, probablemente hubiera sido más prudente, con la comunicación de la fusión, que el Estado les hubiera dado pautas, si consideraba que se salía del marco de la Ley con respecto al manejo de la licencia. Hubiera estado bien un aviso. Acá hay dos opiniones contrapuestas: por un lado Fibertel pensó que tenía derecho a seguir con su negocio luego de la fusión, por el otro lado el gobierno interpretó que no podía seguir de ese modo. Lo prudente hubiera sido, si el Estado consideraba que Fibertel actuaba por fuera del marco de la ley, notificar un ajuste de la normativa inmediatamente después de la fusión para mantener la licencia. Luego de tanto tiempo desde la fusión, de haber existido una advertencia previa, la caducidad automática parecería menos exagerada e imprevista y con respecto a los usuarios no los hubiera dejado en tal situación de desprotección.

Por Leandro Piñeiro

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