La intimidad y la privacidad no es respetada en la sociedad. Todos los esfuerzos que se desarrollan para proteger los pocos espacios de intimidad y privacidad son considerados por algunos como imposibles o que carecen de sentido o simplemente como una posición antisistema.
La madre de un menor en Salta solicitó una medida judicial para que sean retiradas las referencias que pudieran identificar al menor que había sido víctima de un delito de índole sexual.
Este caso si bien se relaciona con otros casos como por ejemplo los de publicaciones de modelos, políticos o famosos en general del cual el mas interesante es el de Servini de Cubria c/ Yahoo, lo más importante de este caso es que se intenta proteger el derecho del menor y eliminar su registro periodístico con el hecho.
Derecho a la intimidad
El derecho a la intimidad es inherente a la persona humana y se encuentra protegido tanto por nuestra Constitución Nacional como por tratados internacionales – al referirse a un menor- con mayor razón debe realizarse la protección.
La madre del menor cuya intimidad se intenta proteger busca a través de una rápida acción que se denomina “medida autosatisfactiva” donde se realiza el pedido en los tribunales y donde no intervienen las otras partes.
El fallo de la Jueza de Salta, Beatriz del Olmo de Perdiguero establece con total acierto que debe observarse la responsabilidad en resguardar la información y menciona: “Tanto el diario como los administradores de los buscadores, sitios y/o páginas de internet demandados tienen la obligación de resguardar con la mayor prudencia la intimidad de la hija de la actora, máxime cuando no podía escapársele la condición de menor de la víctima y la índole del delito sexual que se trataba”.
En diversos medios se había vinculado tanto el nombre de la familia como del menor y la referencia hacia sus familiares permitía que fuera muy fácil identificar su identidad y por lo tanto vulnerar así su intimidad.
La responsabilidad de los medios periodísticos
La medida dictada contra los buscadores y los medios periodísticos deja en claro que se debe preservar la intimidad y cuales son las responsabilidades en caso de vulnerar esta premisa.
Al permitir conocer la identidad de un menor y su familia se vulneran las leyes vigentes. Este hecho genera un daño permanente a la persona cuya intimidad no se protege de forma adecuada.
Los medios periodísticos cuentan con un rol importante y especifico muy importante como es el derecho a informar, pero este derecho no es absoluto sino que deben observarse las normas vigentes, en este caso y como menciona el fallo “se omiten los resguardos mínimos, invadiendo, de tal manera, la intimidad o privacidad de las personas innecesariamente.”
Los buscadores también cumplen un rol de clasificadores y vinculadores de la información por lo que una medida que no los tenga como obligados a retirar la información carecería de sentido por la forma en que hoy se accede a la información.
El valor de la intimidad y el derecho al olvido
La medida busca preservar el valor a futuro de la privacidad e intimidad del menor, pero como esta medida es dictada en la sociedad actual donde se observa que el valor de la intimidad y la privacidad han decrecido tanto pudiera parecer poco acorde según los valores actuales.
Es claro que hoy en día se le da poco valor, pero la la intimidad y la privacidad son derechos esenciales y que debe ser preservados, al consultar sobre este al Dr. Daniel Monastersky abogado, socio de TechLawBiz y Director del sitio Identidad Robada sobre qué valor tiene la intimidad en la sociedad de hoy nos manifiesta que “Estoy convencido que la gente esta cada vez mas relajada respecto de su privacidad y publicar detalles de su vida gratifica su ego”.
La necesidad de revelar datos íntimos, publicar fotos o brindar información privada puede ser una práctica común en estos días pero debe existir información sobre cuales son los riesgos de la perdida de la intimidad y la privacidad.
La publicación realizada por los diarios y los buscadores es pasible de requerir su supresión. En este caso la madre del menor buscar evitar daños a futuro en el menor y por esta razón busca la ayuda de la justicia para obtener una rápida resolución.
Existen otros casos donde no hay protección de los padres o de la sociedad y es interesante saber que efectos tiene la pérdida de intimidad para un menor. Al respecto señala Monastersky “La publicidad de estas cuestiones, traen aparejada la estigmatización del menor, quien quedará vinculado de por vida a un hecho que debería ser parte de su pasado. Es fundamental que existan los mecanismos administrativos y jurídicos suficientes para hacer valer el derecho del menor, dándole las herramientas necesarias para que internet pueda >olvidarse< de ese lamentable hecho”
La resolución y su amplitud
Al intentarse la protección de la intimidad la resolución en cuestión debe ser lo suficientemente amplia para poder dar efectivo cumplimiento y no solamente debe abarcar la difusión pública sino además la difusión privada de los datos que se intentan proteger.
El fallo establece que se debe “ordenar a los demandados que de forma urgente e inmediata a su notificación, procedan a anular las noticias, publicaciones, referencias o informaciones que hayan realizado, desactivando y borrando lodos los vínculos, links, historiales, sitios y/o grupo familiar o entorno que los relacionen con el delito sexual del que fuera victima la menor, prohibiendo, además, la difusión pública o privada de tales datos en el futuro, bajo apercibimiento de aplicar sanciones”.
El fallo no afecta entonces el derecho a la información sino que solo impide la identificación de un menor que fue victima de un delito para preservar su intimidad y por lo tanto protegerlo de daños que esta situación pueda generarle.
Es un fallo importante que determina además la responsabilidad que debe observarse en la manera en que se comunican determinados hechos máxime cuando estas situaciones tienen que ver con hechos que le suceden a los menores en cualquier aspecto ya sean estos victimas o victimarios.
Guillermo Navarro @guillenavarro
[…] En el concepto jurídico el derecho a la imagen es más amplio y complejo que solo el retrato. Este derecho abarca además la protección a la imagen de la persona en todas sus formas y expresiones, inclusive a su identificación como observáramos en la decisión judicial de dar de baja la información en buscadores de un menor. […]
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[…] En el concepto jurídico el derecho a la imagen es más amplio y complejo que solo el retrato. Este derecho abarca además la protección a la imagen de la persona en todas sus formas y expresiones, inclusive a su identificación como observáramos en la decisión judicial de dar de baja la información en buscadores de un menor. […]
[…] En el concepto jurídico el derecho a la imagen es más amplio y complejo que solo el retrato. Este derecho abarca además la protección a la imagen de la persona en todas sus formas y expresiones, inclusive a su identificación como observáramos en la decisión judicial de dar de baja la información en buscadores de un menor. […]
[…] En el concepto jurídico el derecho a la imagen es más amplio y complejo que solo el retrato. Este derecho abarca además la protección a la imagen de la persona en todas sus formas y expresiones, inclusive a su identificación como observáramos en la decisión judicial de dar de baja la información en buscadores de un menor. […]
[…] En el concepto jurídico el derecho a la imagen es más amplio y complejo que solo el retrato. Este derecho abarca además la protección a la imagen de la persona en todas sus formas y expresiones, inclusive a su identificación como observáramos en la decisión judicial de dar de baja la información en buscadores de un menor. […]
Los links no permanecen por siempre en los indices de los buscadores. No veo mal que se siga cumpliendo la norma de no revelar la identidad de los menores, para todos los periodistas (siendo su medio de difusion internet, la radio, TV o lo que sea), pero si simplemente los sitios que estan en infracción dejan de publicar esa información, al cabo de un tiempo no muy largo esos links van a desaparecer de los buscadores.
El problema esta en que no hay una forma técnica para resolver si un texto revela o no información personal de menores. Qué algoritmo usarías en ese caso? Eso requiere el tipo de lectura comprensiva que por el momento solo es dominio de los humanos. Aca tenés a un juez pidiéndole lo imposible a un buscador, amenazándolo que lo va a sancionar en caso que no cumpla. No hay forma que el buscador pueda hacer las cosas bien.
Para entenderlo de una vez… No existe medio tecnologico q resuelva la cuestion; el dia de mañana no vas a poder acusar a Google, Yahoo u otro buscador por señalarte los indices de inflacion que publicó el INDEC, o sea que parte del “Los buscadores no son los responsables” no se entiende.??? cada sitio es el unico responsable x lo q publica o difama. Se enteraron q Megaupload fue dado de baja pero Google y Yahoo no son responsables x ello.??? en fin… no es tan dificil muchachos, aunq haya jueces adoquines, entonces no pidas agua a las piedras.
Pablo: Cuando te discriminan básicamente no te dicen por que razón lo hacen. No en todos los casos se justificaría la medida al parecer por lo que dice el fallo. Coincido con User64. Si conoces un medio tecnologico que resuelva la cuestión me gustaria conocerlo.
Si esta persona el dia de mañana busca trabajo y es rechazado x el hecho q vos decis eso queda tipificado como un claro caso de “discriminacion y preguzgamiento” ajeno a sus capacidades laborales. En fin, hay que indagar un poquito mas antes de dar ejemplos que se caen x si solos. El dia q vos y la casi totalidad de los jueces entiendan que es y como funciona internet podran administrar justicia sobre intimidad de las personas. Mientras tanto seguiran apuntando a la sombra y no al objeto… en fin, el que sabe “sabe”, y el que no, es un juez o un político en este pais.
Para Mongopicho y Pablo: me parece que estan equivocados en sus comentarios, la medida es para el resguardo a la intimidad de la persona, y me parece bien que se le pida a un buscador para que resguarde este tipo de situaciones delicadas.
Piensen el dia de mañana esta persona busca un trabajo, realiza entrivistas y no es admitido por que investigaron sobre la persona, tan facil que buscaron su perfil en internet y al toque sale a la luz su desafortunado acontecimiento, sea buscador, red social o noticias registradas.
Es un reclamo a la dignidad, derecho tan basico como la vida y la libertad.
Igualmente esta aclarado que la medida abarca tambien a los autores de noticias, del cual deberan acatar la orden judicial, pero como ya fue difundida por internet, la unica manera de “ocultar” esta informacion es realizando filtros en las busquedas, no hay otra manera, o acaso saben hacerlo de otra forma? soy todo oidos
Ahora Google y Yahoo tienen que ser los guardianes del honor?
Claro, cargarle el fardo a un buscador es más fácil que encontrar al autor de la publicación y actuar en consecuencia.
Un juez puede ordenar se que cierren las ventanas para evitar que entre el viento, pero no puede ordenarle al viento que pare de soplar. No tienen la menor idea de como internet opera.
En caso de no localizar al autor, lo que queda es pedir a cada host que retire el contenido impropio. Eso sí, siempre que dichos hosts estén dentro del país y sean unos pocos. De lo contrario, mal te veo Manolo.
Dato de color: en marzo de este año internet contenía “sólo” 644.275.754 páginas, y sigue creciendo al ritmo de 34.000.000 páginas por mes…
Fuente: http://news.netcraft.com/archives/2012/03/05/march-2012-web-server-survey.html
Jueces y magistrados muy poco letrados, con mentalidad del siglo pasado.. siguen sin entender qué es la internet. Si algun sitio cometio delito contra la intimidad de las personas es plena y total responsabilidad del mismo la difusion y/o perjuicio causado al damnificado en cuestion o al demandante (victima de abuso en este caso). Se intima a los motores de busqueda mas conocidos con la creencia de que se acaba asi con el delito, en fin mientras no vayan a la raiz del problema seguiran apedreando al cartero x las malas noticias.