Google podría enfrentarse a peticiones para borrar información personal de su buscador. Este posible escenario sobreviene luego de la decisión de una de las principales cortes de justicia de la Unión Europea, que avala “el derecho al olvido” por parte de sus ciudadanos.
Según el comunicado revelado hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, “los links y la información en la lista de resultados debe ser borrada” en el momento en que los derechos fundamentales de una persona son dañados por la publicación online de esos datos, y cuando no hay público interes en su publicación.
El caso analizado por la justicia europea comenzó en 1998, cuando Mario Costeja, un ciudadano español, perdió un inmuebe por no pagar los impuestos. La noticia de la subasta apareció en el diario La Vanguardia, y años después aún podía ser encontrada mediante búsqueda en Google. En numerosas oportunidades la Agencia Española de Protección de Datos había solicitado a Google que diera de baja estos resultados (en conjunto con otros 200 casos similares), sin respuesta. La Agencia solicitó la ayuda del Tribunal con base en Luxemburgo, y finalmente la decisión avaló la protección de los derechos de los ciudadanos mediante el denominado “derecho al olvido“.
El caso se demoró más de 15 años, conforme Google sistemáticamente recurría la decisión de la Agencia Española argumentando que las leyes españolas o europeas no se aplicaban a su modelo de negocios, por ser una empresa estadounidense. Por otro lado, Google argumentaba que no tenia control alguno sobre el material publicado, y que por lo tanto borrar el acceso a esos datos de terceros sería vulnerar el derecho a la libertad de expresión.
De todas formas el fallo le fue adverso a Mountain View, y de esta forma el Tribunal de Justicia de la Unión Europea garantiza que cualquier ciudadano (europeo al menos) puede solicitar a los dueños de los buscadores (esto es, no solamente a Google) que elimine su información personal, o pedir la intervención de cualquier autoridad dedicada a la protección de datos que interceda en el caso de que la empresa se rehuse.
No es incorrecto decir que la relación de Google con las autoridades europeas ha sido históricamente ríspida: a las ya conocidas investigaciones por violaciones a la privacidad por parte de varios países de la UE, se sumó una última multa por parte de Italia, que exigió el resarcimiento de 1 millón de euros porque los automóviles de Google Street View habían fotografiado transeúntes sin el debido consentimiento.
Por su parte, según Google la decisión de la corte ha sido una “desilusión”, pero destacó que aún debe analizar las implicancias legales del “derecho al olvido”.
Según indica Bloomberg, el grupo londinense promotor de la libertad de expresión Index on Censorship, considera que el fallo viola la libertad de expresión, por cuanto “abre la puerta a cualquiera que quiera lavar su historia personal“, aún si la información es real y el material fuente haya permanecido inalterado.
Vía: Bloomberg, Publico.es, Sentencia